DECLARACIÓN PÚBLICA
El Colegio Médico de Chile, la Sociedad Chilena de Radiología,
la Asociación Gremial de Radiólogos de Chile y la
Sociedad Chilena de Ultrasonografía, ante
la realización
de ecografías por profesionales no médicos en el ámbito
público y privado, y su eventual autorización sin
fiscalización por parte del Ministerio Salud, tiene el deber
de poner en conocimiento de los pacientes, cuerpo médico,
población en general y la opinión pública
lo siguiente: 1.- La ecografía es un acto
médico indelegable, “pues
se trata de una actividad dinámica, efectuada en tiempo
real y operador-dependiente, por lo que (…) en todas sus
etapas requiere de la experticia médica. Se trata, en definitiva,
de un procedimiento en el cual la interpretación de las
imágenes ocurre durante el curso de la exploración
y no después”. (Acuerdo N° 108, 28 agosto de 2015,
Honorable Consejo General del Colegio Médico de Chile (A.G.) 2.- Preocupa la constante disposición de nuestras autoridades
de salud a delegar actos que, por expresa disposición de
la ley y por mandato de una buena práctica médica,
están reservados a los profesionales de la Medicina. La
ejecución de estas actividades por otros profesionales podría
constituir ejercicio ilegal de la profesión de médico-cirujano y en este caso específico del acto médico ecográfico. 3.- Los riesgos de esta delegación
de funciones médicas
ha sido analizados por la Asociación Médica Mundial,
quien indica que “esta conlleva riesgos importantes. El principal
es el deterioro de la calidad de la atención al paciente,
en especial si la opinión médica y la toma de decisiones
son transferidas”. 4.- Si las autoridades de salud
deciden abrir un debate en contraposición
a lo señalado por el cuerpo médico, como en la práctica
está ocurriendo, deben respetarse, de manera estricta, como
forma de cautelar la salud de la población y la fe pública,
las recomendaciones que efectúa la Asociación Médica
Mundial en la “Resolución sobre la Delegación
de Funciones de la Profesión Médica”, adoptada
por la 60ª Asamblea General, Nueva Delhi, India, octubre 2009,
y en especial:
a) La delegación debe estar precedida por una revisión,
análisis y discusión sistemáticas de las necesidades,
costos y beneficios potenciales.
b) La delegación debe ser estudiada y evaluada independientemente
y no debe existir ningún conflicto de intereses en quienes
toman la decisión de la delegación.
c) La delegación no debe ser considerada por criterios económicos,
debido a que sus beneficios no están comprobados.
Ninguna de las consideraciones anteriores ha sido tomada en cuenta
por las autoridades de salud, no existiendo estudio sanitario que
justifique asumir los riesgos inherentes para los pacientes que
la delegación de funciones conlleva. 5.- No existen
razones administrativas o de demanda asistencial que permitan
vulnerar el principio de
beneficencia del paciente.
La práctica de evaluaciones ecográficas seguras y
de calidad debe pasar por la experticia médica de quien
las realiza. 6.- Las organizaciones abajo firmantes reafirman
la defensa del carácter indelegable del acto médico en general y
ecográfico en particular, como condición necesaria
para garantizar la salud de los pacientes. 7.- Llamamos al Ministerio de Salud a conformar,
a la brevedad, una comisión asesora con la participación de las
entidades que suscriben el presente documento, y de los jefes de
servicios de radiología del país y de otras especialidades
pertinentes. Esta comisión debiera realizar
un diagnóstico
de la situación de la imagenología en el país
y, a partir de este, proponer un plan de desarrollo nacional de
la especialidad que aumente significativamente la cobertura incluyendo
aumento de la capacidad formadora y que cautele la salud de los
pacientes como objeto fundamental de la profesión médica. Colegio Médico de Chile (A.G.)
Sociedad Chilena de Radiología, SOCHRADI
Asociación Gremial de Radiólogos de Chile
Sociedad Chilena de Ultrasonografía, SOCHUMB Santiago, 18 de Marzo del 2016 
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